miércoles, 15 de junio de 2011

Exoneran IVA a importación de bienes destinados exclusivamente a la industria petroquímica, carboquímica y similares

La exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de bienes para impulsar el sector productivo nacional entró en vigencia tras su publicación en la Gaceta Oficial Nº 39.695.
Por intermedio del decreto Nº 8.278 se establece la exoneración del citado tributo para la importación de válvulas destinadas exclusivamente a un proyecto que se ejecuta a través de la Industria Venezolana Endógena de Válvulas (Inveval).
En este caso, la exoneración se aplicará con un plazo máximo de un año, contado a partir de la publicación en Gaceta Oficial.
De igual manera, se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de bienes muebles corporales, destinados exclusivamente a la industria petroquímica, carboquímica y similares, tal como lo establece el decreto Nº 8.279.
En este particular, el plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en el decreto será de dos años.

En ambos casos, la evaluación de este decreto la realizarán semestralmente el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), así como los despachos de Planificación y Finanzas y Energía y Petróleo.

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